Titulación única
La titulación única es la que obtiene el alumno cuando haya cubierto en su totalidad las asignaturas y los créditos señalados en el plan de estudios; así como haya cumplido con todos los requisitos curriculares generales y particulares.
La aprobación de cada asignatura garantiza que el alumno ha adquirido los conocimientos, las habilidades, las aptitudes, las destrezas y el juicio crítico necesarios para su práctica profesional.
Se considerarán tres veredictos de reconocimiento a la trayectoria académica de los alumnos que se destaquen por su dedicación, compromiso, responsabilidad y formación académica y personal.
- Aprobado por excelencia académica.
- No tener calificaciones reprobatorias o anotaciones literales durante los estudios profesionales.
- Aprobado por desempeño sobresaliente.
- Aprobado por desempeño satisfactorio.
Se conformará un cuerpo colegiado académico integrado por el tutor académico del área correspondiente, quien fungirá como presidente; el jefe del departamento de titulación, como secretario, además tendrá a su cargo convocar a las sesiones de dictaminación; la vocalía le corresponderá al representante de la dirección de servicios escolares. En caso de ausencia de dos titulares se preverá la asistencia de dos vocales.
El cuerpo colegiado académico será el órgano responsable de verificar el cumplimiento de la trayectoria académica y dar el veredicto de titulación con la firma del acta correspondiente. Su determinación será inapelable.